Confidencialidad de los trabajadores

Hay que establecer un mecanismo para que el Responsable del tratamiento garantice que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometen, de forma expresa, a respetar la confidencialidad de la información. El cumplimiento de esta obligación debe quedar documentado y a disposición del Responsable del tratamiento.

 

 

Este contrato de confidencialidad formado entre el empleado y la empresa tiene como objetivo por parte del primero de la obligación de mantener secreto profesional respecto de los datos personales que trate y el deber de protegerlos durante la relación laboral y una vez finalizada la misma.


Reglamento

 

 

·        Artículo 5 LOPD (“Deber de confidencialidad”)